Tipos de dispensas para obtener el hábito de caballero de la Orden de Montesa entre 1593 y 1701
Título:
Tipos de dispensas para obtener el hábito de caballero de la Orden de Montesa entre 1593 y 1701Resumen:
Cuadro que muestra la cantidad y el tipo de dispensas concedidas por los monarcas entre 1593 y 1701 para los interesados en conseguir el hábito de caballero de la Orden de Montesa.Descripción:
Después de recibir una merced de hábito, el siguiente paso para ingresar en una orden militar era someterse a las pruebas de genealogía que ejecutaba el Consejo de Órdenes. Para ser admitido, había que satisfacer una serie de requisitos previamente estipulados en las constituciones de las órdenes, a saber: hidalguía, legitimidad, limpieza de sangre y oficios, edad mínima —10 años en Montesa—, etcétera. Las probanzas tenían por objetivo averiguar que se cumplían debidamente estas exigencias y calidades. Estas informaciones debían realizarse obligatoriamente en los lugares de origen del pretendiente y sus parientes. Si bien la admisión era competencia exclusiva del Consejo de Órdenes, el rey tuvo la última palabra por su capacidad para dispensar a los pretendientes la falta de cumplimiento de alguno o varios de estos requisitos, aunque necesitó generalmente el permiso del papa, al tratarse de órdenes monástico-militares.
De los 324 caballeros montesianos que ingresaron entre 1593 y 1701, 63 necesitaron una de estas dispensas y hasta 6 de ellos requirieron más de una. Así, se tiene que la falta de nobleza —la mayoría en la rama materna— fue la calidad que más tuvo que solventarse con 24 casos. La práctica de oficios viles se relaciona también con la falta de hidalguía. La dispensa de ilegitimidad, que ocurrió en 6 casos, solía concederse a pretendientes cuyos padres habían sido caballeros cruzados o pertenecientes a importantes casas nobiliarias. La dispensa de edad era frecuente para permitir la entrada de niños y continuar la tradición del linaje.
Por otra parte, la veintena de dispensas para realizar las pruebas por patria común o solo en Valencia —recuérdese que la Orden de Montesa mantuvo estrecha relación con su reino originario—, constituía una forma de aligerar el proceso de las probanzas, no teniendo que desplazarse los comisionados a los lugares de origen de los antepasados del pretendiente, lo que, a más de reducir los costes del trámite, también permitía encubrir mejor la ausencia de alguna de las calidades exigidas.