Enajenaciones y ventas jurisdiccionales en la provincia de Ávila durante el reinado de Felipe IV
Título:
Enajenaciones y ventas jurisdiccionales en la provincia de Ávila durante el reinado de Felipe IVResumen:
Cuadro que muestra las jurisdicciones enajenadas y posteriormente vendidas en territorio abulense durante el reinado de Felipe IV, así como la fecha, el comprador y las características de la jurisdicción alienada.Descripción:
Ante las urgencias financieras que acosaban a la Monarquía Hispánica, la Corona recurrió, como fórmula para aumentar los ingresos, a la enajenación de jurisdicciones y su posterior venta a compradores privados. Había que hacer frente a las deudas contraídas con asentistas, con los propietarios de juros y otras demandas, como las de carácter defensivo y militar. Sucesivamente, las Cortes se tuvieron que avenir a permitir al rey la venta de estas jurisdicciones, justificada por el hecho de que los gastos de la Monarquía habían superado los ingresos proporcionados por las rentas ordinarias.
Con Felipe IV las ventas crecieron exponencialmente respecto a las de su antecesor: se pretendieron hasta casi 40, si bien solo se efectuaron 31 —si bien se puede decir que eran 29, puesto que algunas de las jurisdicciones iban unidas—, ya que las de Lomoviejo, Blascojimeno, Gamonal de la Sierra, Mirueña de los Infanzones, Gallegos de Sobrinos, Sobrinos y Barraco fueron ventas frustradas. La mayoría de las jurisdicciones vendidas pertenecían al concejo de Ávila y las menos al marquesado de Navamorcuende y al de La Adrada. Una de ellas estaba dentro de los territorios de la mesa maestral de la Orden de Calatrava.
La adscripción social de los compradores refleja una importante presencia —hasta un 48 %— de la alta nobleza, especialmente de marqueses y algún conde. La nobleza media, caballeros de órdenes militares, representan un 32 %. El resto son abogados, militares y señores jurisdiccionales. Muchos de ellos —hasta un tercio— eran miembros de los consejos o gentileshombres del rey, lo que les confería acceso privilegiado a las instancias de poder regio. En cuanto al precio, aunque no siempre se siguieron los mismos criterios, fue de 15 000 maravedíes por vecino y 2 100 000 por cada legua legal cuadrada. Así, la de precio más alto era la jurisdicción de San Bartolomé de Pinares —3 967 500 maravedíes—, ya que era la que tenía más vecinos —264,5— y la más extensa, con casi 50 millones de varas. La compra iba acompañada de una serie de gastos de gestión, como el pago al juez comisionado para medir el término jurisdiccional, los del medidor y sus acompañantes y los del escribano. Algunas de las jurisdicciones incluían la compra de alcabalas.
Cronología:
XVIIDestinatarios:
Bachillerato Universidad PostgradoTipo:
EstadísticaFormato:
Cuadro estadísticoFuente:
Francisco Javier Lorenzo Pinar, y José Ignacio Izquierdo Misiego, «Ventas jurisdiccionales abulenses en tiempos de Felipe III y Felipe IV», Studia Historica. Historia Moderna, 23 (2001): 229-31.
Idioma:
CastellanoFecha:
2001Autor del registro:
Álvaro Sánchez López de VinuesaIdentificador:
De la revista: ISSN 2386-3889De la impresión: ISSN 0213-2079
Derechos:
© Francisco Javier Lorenzo Pinar© José Ignacio Izquierdo Misiego