Comentario del art 2 de la Constitución de Cádiz por José Espiaga
Título:
Comentario del art 2 de la Constitución de Cádiz por José EspiagaResumen:
Comentario del artículo 2 de la constitución donde se trata el asunto de la independencia y la soberanía nacional españolaDescripción:
El artículo 2 de la constitución de Cádiz aprobada en 1812 afirmaba lo siguiente: La Nación española es libre e independiente, y no es ni puede ser patrimonio de ninguna familia ni persona. En base a esta afirmación se desarrolla esta explicación del diputado liberal de Cataluña en Cádiz José Espiga. A pesar de que la lectura de este artículo constitucional puede hacernos creer que se hizo frente al rey, la interpretación de José Espiga centra el debate en el concepto de soberanía en un momento en que esta ha sido transgredida por la invasión napoleónica. De tal forma que se defiende la libertad de las naciones y de su posibilidad para establecer leyes en el marco de su soberanía nacional sin que otras transgredan sus derechos. Tal y como afirma Lluís Roura i Aulinas, esta afirmación supone revolucionar los conceptos de soberanía y nación al producirse una vinculación de la primera con la segunda.Cronología:
XIXDestinatarios:
Educación Secundaria Bachillerato Universidad PostgradoTipo:
Fuente primariaFuente:
Roura i Aulinas, L. (2009). Guerra de Independencia e inicios de Revolución. Cuadernos de Historia Moderna, (33), 73-90.Idioma:
CastellanoFecha:
1812Autor del registro:
Djebril BouzidiDerechos:
Roura i Aulinas, L.Cuadernos de Historia Moderna
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Comentario del art 2 de la Constitución de Cádiz por José EspiagaGeolocalización
Colección
Cómo citar
“Comentario del art 2 de la Constitución de Cádiz por José Espiaga”, Modernalia. Recursos para la enseñanza de la Historia Moderna, consultado 1 de mayo de 2025, https://www.modernalia.es/items/show/2141